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Congreso Colima - 1 año - Redacción

Autoriza Congreso a municipios la contratación de financiamientos a corto plazo

Por unanimidad, el pleno del Congreso del Estado de Colima, autorizó a los municipios del Estado de Colima, la contratación de uno o varios financiamientos en la modalidad de crédito simple, para pagarse en su totalidad en un plazo que no exceda del periodo constitucional de la administración municipal que lo contrate; esto es, a más tardar el 01 de octubre de 2027.

Los decretos elaborados conjuntamente por las Comisiones de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública, y de Desarrollo Municipal, relativo a una iniciativa, presentada por la titular del Poder Ejecutivo del Estado de Colima, establece que, de contratar financiamientos, los municipios verán afectadas como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los flujos de recursos que les correspondan del Fondo General de Participaciones y/o del Fondo de Fomento Municipal, así como del Fondo de aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

De acuerdo con lo aprobado por el Legislativo local, cada uno de los Municipios que decidan contratar uno o más financiamientos con base en el presente Decreto, deberán obtener las mejores condiciones de mercado, mediante la implementación de proceso competitivo, conforme lo establece la Ley de Disciplina Financiera y la Ley de Deuda Pública del Estado de Colima y sus Municipios. Asimismo, cada Municipio deberá prever anualmente en su Presupuesto de Egresos, las obligaciones pendientes de pago a sus financiamientos.

Asimismo, los financiamientos deberán aplicarse específicamente en los siguientes rubros de inversión: mobiliario y equipo de administración; equipo e instrumental médico y de laboratorio; vehículos y equipo de transporte; equipo de defensa y seguridad; maquinaria, otros equipos y herramientas; bienes inmuebles; inversión pública; obra pública en bienes de dominio público; obra pública en bienes propios, así como en obras de infraestructura social básica, establecidas en los aspectos generales del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN).

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