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Congreso Colima - 5 meses - Redacción

Establece Colima penas de 40 a 60 años de prisión por homicidio de odio

El pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Colima, aprobó penas que van de 40 a 60 años de prisión a quien cometa el delito de homicidio de odio, motivado por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Se trata de una reforma al artículo 123 Bis del Código Penal para el Estado de Colima, para agregar cinco nuevas modalidades de homicidio y dos agravantes para considerarse este delito, entre ellas: cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones; existan antecedentes de que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

Si el delito sea cometido en contra de una persona cuya identidad, orientación o identidad expresión de género sea diversa a su condición biológica; se utilice cualquier tipo de gas o sustancia que por sí misma o en las condiciones utilizadas, provoque la muerte; y cuando quien cometa el delito manifieste de cualquier forma su repudio, odio, rechazo u otro tipo de expresión, voluntad o actitud discriminatoria hacia la comunidad LGBTTTIQ+, motivado por orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

También, cuando se hayan presentado antecedentes de violencia familiar; si la víctima se haya encontrado en un estado de indefensión, entiéndase éste como la situación de desprotección real o incapacidad que imposibilite su defensa.

Además de la pena de 40 a 60 años de prisión, a la persona responsable de cometer este delito se le impondrá una multa equivalente de novecientas a mil quinientas unidades de medida y actualización. Y, cuando la víctima sea menor de edad o no tenga capacidad para comprender el significado de hecho, o bien entre el activo y la víctima exista una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, de noviazgo, laboral, docente o cualquier otra relación de hecho o de amistad o que implique confianza, subordinación o superioridad las penas se aumentarán un tercio más a las ya establecidas.

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